Tramites Matrimonio

Aquí encontrarás que documentación es necesaria para contraer matrimonio.  Religioso o Civil, y todos los supuestos incluidos.

Elección del régimen matrimonial.  Ver más

 Ceremonia Religiosa

¿DONDE HACER EL EXPEDIENTE(LOS PAPELES) PARA CASARNOS?

En la propia Parroquia a la que perteneces por vivir actualmente en su territorio (donde vives o estás empadronado "ahora").

Si los dos sois de Vila-Real podéis hacer el Exediente en la Parroquia del novio o de la novia, indistintamente.

Si uno de los dos, no es de Vila-Real debe hacer su "medio" Expediente en la Parroquia del pueblo donde vive "ahora". Cuando esté hecho lo presentará en la parroquia del otro contrayente.

Todo esto vale, independientemente de donde os caséis. Pero, si os casáis en otra Iglesia (o ermita) que no es la propia de ninguno de los dos, el Sr. Cura preparará "los papeles" y permisos oportunos para "La Iglesia de la celebración".

Si sois (uno o los dos) de distinta Diócesis el trámite es el mismo, pero "pasa" por las distintas Curias diocesanas (por lo que se alarga el proceso)


¿CUANDO EMPEZAR EL EXPEDIENTE?

Unos tres meses antes de la Boda (si es distinta Diócesis, un poco antes).


¿QUE PAPELES HAY QUE PRESENTAR EN LA PARROQUIA?

LA PARTIDA DE BAUTISMO (sólo si no os bautizaron en la Parroquia donde formalizáis el Expediente). Si sois de distinta Diócesis tiene que estar legalizada (hay que decir que es para "casarse" en otra Diócesis). En cualquier caso, ha de ser reciente (no la pidaís antes de los seis meses de la celebración).

LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL REGISTRO CIVIL O LIBRO DE FAMILIA DE LOS PADRES.

DNI

EN CASOS ESPECIALES: viudedad, otras nacionalidades o confesiones religiosas... hay más papeleo (se informa personalmente).


¿CUANDO NOS AMONESTARAN?

Una vez presentéis todos estos papeles, e iniciado el Expediente, se proclamarán las Amonestaciones en el Cancel de la Iglesia y en la Hoja Parroquial.


¿Y LOS TESTIGOS?

A las tres semanas de la Proclamación, han de pasar por las Oficinas Parroquiales dos testigos, a los que (bajo juramento) se les hacen una serie de preguntas. El mismo día (u otro) también vosotros tendréis que realizar el llamado "escrutinio", contestar por separado y bajo juramento, unas preguntas.

Estos testigos, han de ser dos amigos o personas que os conozcan (no pueden ser familiares) mayores de edad.

Después, "los testigos de la Boda", pueden ser otros (incluso familiares directos).


 "EL CURSILLO DE NOVIOS"

Consta tan solo de cinco sesiones de lunes a viernes a las 21:30, al finalizar se entregará un CERTIFICADO DE ASISTENCIA para presentar en la Parroquia.

Tambien podéis elegir la modalidad CURSO INTENSIVO. Este se celebra en la localidad de SIETE AGUAS (Valencia) en un fin de semana.

Para información y reservas ponte en contacto con tu parroquia.


DE LA PREPARACION INMEDIATA DE LA CEREMONIA

Prepararéis la Ceremonia con el Sacerdote que presida la Celebración. La misma semana de la boda, pasaréis, también por las Oficinas Parroquiales.


CONDICIONES PARA LA VALIDEZ Y LICITUD DEL MATRIMONIO

VALIDEZ

1º Estar Bautizado, es condición absolutamente necesaria para recibir los demás sacramentos.

2º El consentimiento mutuo en completa libertad.

3º La presencia del párroco (o su delegado) y dos testigos.

4º Que no haya ningún impedimento.

LICITUD

Estar en estado de Gracia y desde luego que no haya impedimento.

EL MATRIMONIO LO PRODUCE EL CONSENTIMIENTO, CUAL EL VARON Y LA MUJER SE ENTREGAN Y ACEPTAN MUTUAMENTE EN ALIANZA IRREVOCABLE PARA CONSTITUIR EL MATRIMONIO. Las propiedades son la unidad y la indisolubilidad, que en el matrimonio cristiano alcanzan una particular firmeza por razón del sacramento.

Matrimonio Civil

El expediente se instruye ante el Juez del domicilio de cualquiera de los contrayentes. El día que comparezcan los futuros contrayentes, deberan comparecer con dos testigos, mayores de edad con DNI originales. El expediente tarda unos 3 meses, te puedes casar en el Juzgado, te casa el Juez, o en el Ayuntamiento te casa el Alcalde o Concejal Autorizado, algunos ayuntamientos ponen a tu disposición la posibilidad de casarte en otras instalaciones, por ejemplo en Vila-Real en las caballerizas, en un bello entorno, para casarte en el Ayuntamiento u otras instalaciones de este, debes presentar una instancia, una vez tengas el expediente del juzgado para ver disponibilidad y calcular las Tasas.


SOLTEROS

DOCUMENTO 1º CERTIFICACION LITERAL DE NACIMIENTO DE AMBOS

DOCUMENTO2º FOTOCOPIA DE LOS DNI O PASAPORTES

DOCUMENTO3º CERTIFICACION DE EMPADRONAMIENTO DEL AYUNTAMIENTO JUSTIFICANDO MAS DE DOS AÑOS DE RESIDENCIA (En este caso Vila-Real).


DIVORCIADOS

Además de los documentos anteriores (documento 1º, 2º,3º). Certificado literal de matrimonio, con nota de divorcio.


VIUDOS

Certificado en extracto del matrimonio anterior.

Certificado en extracto de defunción del anterior conyuge.

Documentos 1º,2º,3º.


EXTRANJEROS

Documentos 1º,2º,3º

Fotocopia del pasaporte o Tarjeta de Residencia.

Todos los documentos traducidos y legalizados por Convenio de la Apostilla de la Haya o Ministerio de Asuntos Exteriores y Consulado / Embajada de España en su país.

En caso de no residir en España los dos últimos años. Certificación del Consulado correspondiente que acredite, si es o no necesaria la publicavción de edictos o proclamas.

Certificación de soltería, en su caso.

Si son divorciados, certificación de capacidad matrimonial.


PARA INICIAR EXPEDIENTE IR CON DOS TESTIGOS

Información cortesía de:

Parroquia Arciprestal San Jaime  Vila-Real

Ajuntament de Vila-Real

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